Así paga Airbnb los impuestos al SAT
Cada vez son más los mexicanos que se dedican a rentar sus inmuebles por medio de las plataformas #tecnológicas como #Airbnb, sin embargo muchos de ellos se encuentran en un grave error al creer que si no se encuentran dados de alta ante el SAT o al no facturar no deben presentar sus declaraciones correspondientes.
Lamentablemente este error lo cometen muchos contribuyentes no solo en airbnb, si no en varios tipos de negocio, ya que todos estamos obligados a reportar al #SAT todos los ingresos que generemos.
¿Bajo qué régimen fiscal debo tributar para pagar mis impuestos?
Los contribuyentes que obtengan ingresos mediante las plataformas digitales, en este caso AirBnB deben tributar bajo el Régimen de persona física con actividad empresarial.
¿Cómo es aplicado el impuesto en el servicio?
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Sobre la Renta (ISR) es cobrado sobre el ingreso en cada servicio, esto se hace por medio de una #retención.
La tasa del #ISR a retener depende de los ingresos mensuales y la retención del #IVA es solo del 8%.
¿Qué debo saber acerca de las declaraciones?
Otros de los beneficios que da el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la opción de Retención Definitiva, que consiste en tomar las retenciones realizadas por la plataforma como el pago definitivo de impuestos exentando al contribuyente de presentar declaraciones provisionales, sin embargo esta opción tiene varias limitantes con las cuales la mayoría de los contribuyentes de Airbnb no califican para esta opción:
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No exceder el total de los ingresos anuales de $300,000 pesos (aproximadamente $25,000 pesos mensuales).
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Que la única fuente de ingresos sea mediante plataformas tecnológicas (no puedes tener ingresos por otras actividades diferentes al hospedaje mediante estas plataformas).
¿Debo declarar mensualmente?
Si no calificas para la opción de retención definitiva debes presentar declaraciones mensuales como persona física con actividad empresarial realizando la declaración y el pago de IVA e ISR generados a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponden los ingresos, en este caso se acreditan los impuestos que te retuvo la plataforma para disminuir el pago provisional o en su caso podrás tener impuesto a favor.
¿Esta retención ya me incluye el Impuesto estatal?
Como bien, ya se sabe que existen los impuestos estatales. La tasa de #retención es diferente en cada estado, hay estados donde las plataformas ya retienen los impuestos locales como el Impuesto Sobre Hospedaje (ISH), que en este caso en el Estado de Guanajuato la tasa del impuesto es del 4%, el cual es variable de acuerdo al estado, estos impuestos se seguirán reteniendo y no afectan las nuevas retenciones.
Fuente: Declaralo. / Obtenido de: https://declaralo.com/impuestos-airbnb-2020/
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