¿Cómo Uber paga el IVA e ISR?
A partir del 1 de junio de 2020 entro en vigor para las plataformas #digitales, el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Sobre la Renta (ISR), al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿Cómo es aplicado el impuesto en el servicio?
El IVA e ISR es cobrado sobre la tasa de servicio en cada viaje/entrega realizada por el socio conductor. Esto se hace por medio de una retención por cada servicio por medio de la #aplicación.
¿Cual es el porcentaje de IVA e ISR a retener?
A diferencia de otros contribuyentes, por concepto de #IVA que pagan el 16%, por cada viaje/entrega por medio de la aplicación, la retención solo se hará por el 8%. En cuanto al ISR, este dependerá del nivel de ganancias que obtengas por medio de la app.
En la siguiente imagen se especifica los porcentajes de ISR a retener:
Esta cantidad será entregada directamente al SAT para pagar estos dos impuestos y dentro de los primeros días del mes siguiente Uber emite el comprobante #fiscal de retención respectivo.
¿Qué otros beneficios tiene esta modalidad?
Si sólo recibes ingresos por viajes/entregas realizadas a través de la aplicación de #Uber, ya no tendrás que preocuparte por presentar declaraciones mensuales, ni por pagarle al SAT los impuestos de las ganancias que se generan usando la aplicación; siempre y cuando estes inscrito en el régimen de personas físicas con actividad #empresarial.
En otro supuesto, si recibes ingresos adicionales a los obtenidos por viajes realizados a través de la app de Uber, podrás acreditar los impuestos que #Uber te haya retenido, tomandolo como saldo a favor en posibles futuros impuestos.
Fuente: Uber Blog. / Obtenido de: https://www.uber.com/es-MX/blog/isr-iva/
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