SAT lanza micrositio para que plataformas tecnológicas paguen sus impuestos

SAT lanza micrositio para que plataformas tecnológicas paguen sus impuestos

Desde el 1 de junio entró en vigor el nuevo esquema tributario en el que las  plataformas #tecnológicas nacionales o extranjeras, así como las personas físicas con actividad empresarial, vinculadas a estas plataformas, adquieren nuevas obligaciones fiscales.

El sitio está disponible en el siguiente enlace:   http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/index.html

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), anunció mediante un comunicado el lanzamiento de nuevas herramientas dentro de su portal. Se trata de un micrositio para las plataformas tecnológicas, cuyo objetivo es que los contribuyentes localicen en un sólo lugar la información necesaria para realizar el pago de sus #impuestos.

 

 

Explicó que este micrositio está conformado por un apartado específico para las #plataformas tecnológicas y otro para las personas físicas con actividades empresariales, con el fin de que conozcan sus obligaciones en materia de inscripción y actualización al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emisión de comprobantes fiscales, declaraciones de pago, declaraciones informativas, así como una sección con material de apoyo relacionado con este tema.

Una de las nuevas #obligaciones es la de presentar declaraciones y para familiarizarse con ellas, en el #micrositio podrás ingresar a los simuladores que estan disponibles.

La autoridad #fiscal tambien comento que las personas físicas que pertenecen al Régimen de Incorporación #Fiscal (RIF), también podrán presentar su solicitud de cambio de régimen en línea en el siguiente enlace: https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLogin/showLogin.action

Por lo que no será necesario que los contribuyentes se presenten en sus instalaciones, lo único que necesitan durante el proceso es RFC y contraseña. Al final podrán consultar su cambio de régimen en un máximo de seis días hábiles.

 

Fuente: Ashley M. (2020, junio 8). El Contribuyente. Obtenido de:  https://bit.ly/2Ybg3jM

 

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